Publicado: 8 de Enero de 2019

Sella2 S.L como empresa de ignifugado en Madrid, te podemos orientar a la hora de realizar el cambio de actividad de tu establecimiento industrial.

El REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES  tiene por objeto conseguir un grado suficiente de seguridad en caso de incendio en los establecimientos e instalaciones de uso industrial.

 Las naves según su configuración y ubicación con relación a su entorno, se divide en tipos:

TIPO A: El establecimiento industrial ocupa parcialmente un edificio que tiene,

además, otros establecimientos, ya sean estos de uso industrial ya de otros

usos.

TIPO B: El establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio que está

adosado a otro u otros edificios, o a una distancia igual o inferior a tres metros

de otro u otros edificios, de otro establecimiento, ya sean estos de uso industrial

o bien de otros usos.

TIPO C: El establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o varios, en

su caso, que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo

de otros establecimientos. Dicha distancia deberá estar libre de mercancías

combustibles o elementos intermedios susceptibles de propagar el incendio.

Existen otros establecimientos industriales que desarrollan su actividad en espacios

abiertos que no constituyen un edificio, a este tipo de establecimiento no se le aplica la protección pasiva contra incendios.

Según el tipo de nave se le exige una resistencia al fuego, esto se determina en la tabla 2.2 del REGLAMENTO DE SEGURIDAD CONTRA INCENDIOS EN LOS

ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES  

Esta protección de la estructura portante del establecimiento Industrial, cuando es metálica, se puede realizar aplicando diferentes tipos de soluciones. Todas ellas para ser validas deben ser complementadas con el certificado de instalación aportado por la empresa instaladora y el ensayo del material aplicado, esta aportado por el fabricante del material instalado.

 Hay diferentes soluciones y materiales que se pueden emplear para este tipo de protección. Según las características y condiciones de los trabajos la propiedad elegirá el que más se adapte a sus necesidades, en caso de dudas siempre puede recurrir al asesoramiento del ingeniero que le esté realizando el proyecto o un técnico especialista.

  Otra de las soluciones más empleadas en el caso de los establecimiento industriales es la franja perimetral. El artículo del reglamento que hace alusión a este requisito es el 5.4, en él se establece que Cuando una medianería o un elemento constructivo de compartimentación en sectores de incendio acometa a la cubierta, la resistencia al fuego de esta barrera será, al menos, igual a la mitad de la exigida a aquel elemento constructivo, en una franja cuya anchura sea igual a 1 m y no se instalará en ningún caso a una distancia mayor de 40 cm de la parte inferior de la cubierta.